El modelo 179 de Hacienda para anfitriones, ¿qué es y cómo te afecta?
2018 ha supuesto un cambio radical en cuanto a la legislación respectiva a las Viviendas de Uso Turístico. Ya sea en cuanto a su regulación como a diferentes modelos impositivos, la Adminstración se ha adaptado a una realidad y un modelo que todavía se está asentando.
Muestra de esta adaptación es la imposición del modelo 179 que, a partir de enero de 2019, empezará a exigir la Agencia Tributaria.
Por tanto, si eres intermediario entre inquilinos y propietarios de viviendas turísticas, este documento te afecta.
En Alehost queremos explicarte qué es el modelo 179 y su presentación del ejercicio de 2018.
Lo que necesitas saber sobre el modelo 179 de Hacienda y cómo presentarlo
La relación entre Hacienda y el alquiler vacacional
Lo primero es entender cómo concibe Hacienda una vivienda vacacional. Esto es importante, ya que puede que en tu caso puedas «librarte» de rendir cuentas a la Agencia Tributaria.
Según el artículo 54 ter. del RD 1065/2007, donde se desarrolla la Ley General Tributaria, una cesión de vivienda de uso turístico es «la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato».
Es decir, el alquiler por habitación, por ejemplo, no se consideraría vacacional y no entraría en este marco legislativo.
En el mismo artículo también se informa de que se necesita una declaración informativa sobre la cesión temporal de la vivienda vacacional.
¿Quién debe presentar el modelo 179?
Lo deja bien claro la Orden HFP/544/2018. Esta Orden es la que regula la forma y el plazo de entrega del modelo 179.
Para ahorrarte leer todo ese texto jurídico, te lo resumimos en Alehost: ¿si alquilo una vivienda en Madrid durante Navidad tendré que presentar el modelo 179? Si has leído la parte de arriba, ya sabrás que no.
Este documento lo tendrán que presentar aquellas empresas que funcionen como intermediarios entre el propietario de la vivienda y el inquilino. Es decir, todo aquel que actúe poniendo en común a ambos.
Por tanto, esta nueva imposición fiscal está dirigida tanto a plataformas como Airbnb como a empresas de gestión de alquiler vacacional.
Sin embargo, las exención de entrega de este modelo no te exime, en calidad de propietario, de declarar los ingresos de tu alquiler vacacional como tales; en función de los criterios de tu Comunidad Autónoma.
¿Cuándo se presenta el modelo 179?
Agárrate, que vienen curvas.
Como su primer registro será del ejercicio fiscal de 2018, tendrás que presentar todos los datos que te indicamos abajo. Y deberás hacerlo en el período entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2019.
Ya en 2019, será una entrega de forma trimestral, siendo abril cuando se deberá presentar el documento referente a este primer período del año.
¿Dónde tendré que entregarlo?
Si entrar a un edificio de Hacienda te provoca sudores fríos, estás de suerte. Este nuevo modelo se deberá adjuntar de forma digital en la Sede Electrónica de Hacienda en los períodos marcados, de forma trimestral a partir de abril.
¿Qué información tendré que adjuntar en el modelo 179?
El objetivo de este modelo de Hacienda es controlar el nivel de ingresos de la empresa intermediadora en el alquiler vacacional. Por tanto, se exigirán los siguientes datos:
- Identificación del titular de la vivienda y de la entidad o persona cesionaria.
- Identificación de la vivienda.
- Especificación catastral.
- Fecha de inicio de la cesión.
- Días del trimestre dedicados al uso turístico de la vivienda.
- Importe percibido por el cedente del uso turístico.
- Número del contrato de intermediación.
- Medio de pago usado en los pagos.
Con estos datos ya podrás completar correctamente el modelo 179 y entregarlo a la Sede Electrónica de Hacienda sin ningún problema.
Por supuesto, en Alehost te recomendamos siempre tenerlo todo al día y no peligrar tu actividad por problemas fiscales.
Y más en 2019, donde todo apunta que el Ministerio de Hacienda pondrá especialmente la lupa en fraudes relacionados con el alquiler vacacional.